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¿Puedo pedir la baja laboral si tengo efectos secundarios de la vacuna?

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01/01/1970 min

En la última semana, las comunidades autónomas en España han alcanzado lo que se denomina velocidad de crucero en la vacunación. Nuestros sanitarios y sanitarias administran todos los días decenas de miles de vacunas. Tanto es así que a estas alturas de julio, más del 44 % de la población ya ha completado el tratamiento de la pauta contra la COVID-19 con alguno de los sueros recomendados.

Sin embargo, todavía queda mucho camino por delante. A partir de las próximas semanas, serán los más jóvenes los que deban acudir a los centros de vacunación para recibir las dosis y así alcanzar de una vez por todas el porcentaje de población vacunada necesario para la inmunidad de rebaño para superar la crisis de la COVID-19. Mientras tanto, muchas personas se hacen algunas preguntas con respecto a la vacuna y sus empleos.

vacuna

¿Puedo pedir la baja laboral si tengo efectos secundarios de la vacuna que me impiden trabajar?

Se conoce que tanto las dosis de la vacuna Pfizer-Biontech, como las de AstraZeneca, Janssen o Moderna pueden producir efectos secundarios en las personas que las reciben. Y aunque la mayor parte las experimentan de carácter leve (cefalea, inflamación local en la zona del pinchazo, dolor de brazo…), otras se ven obligadas a permanecer al menos 24 horas en reposo, porque manifiestan fiebre, escalofríos, náuseas y malestar. En el peor de los casos, puede que estos efectos duren algunos días más, pero no deberían extenderse por más de una semana.

Si ocurriera, debes saber que puedes acogerte a una baja laboral, que en este caso será una Incapacidad Temporal (IT) por contingencias comunes ordinarias. Lo que percibirás como empleado será el 60 % del salario desde el cuarto y hasta el vigésimo día, que no es lo mismo que la baja por accidente de trabajo, en la que se percibe el 75 % del salario desde el día siguiente a la baja.

¿Cómo se pide la baja laboral por los efectos secundarios de la vacuna de la COVID-19?

Se solicita como cualquier otra baja. Es decir: lo que tendrás que hacer será acudir al médico e informarle sobre que has recibido la vacuna, así como describirle los síntomas en cuestión. El profesional expedirá la citada baja si lo considera oportuno. Adicionalmente, lo más recomendable es avisar a la empresa de lo sucedido para que pueda estar prevenida.

¿Puedo ausentarme del trabajo para ponerme la vacuna?

Si todavía no te has vacunado y te asalta esta duda, debes saber que la respuesta es no. La vacuna es recomendable, lógicamente, pero no obligatoria, de modo que las empresas tampoco están forzadas a ofrecerte un permiso retribuido para que puedas ir a vacunarte. Puede que algunos crean que pueden acogerse al artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, por el que se regula el permiso retribuido “por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal”.

Como sucede con todo, lo más recomendable en este caso es:

  • Tratar de encontrar un día y una hora para ponerte la vacuna que se ajusten a tu horario laboral. Las comunidades autónomas siguen vacunando durante los fines de semana, de modo que tienes muchas oportunidades para hacerlo sin pisar tu jornada laboral.
  • Elige un centro de vacunación cerca de tu puesto de trabajo. Ten en cuenta que el proceso en sí es muy rápido y no te llevará demasiado tiempo, incluida la preceptiva espera después del pinchazo y los minutos que tardes en desplazarte.
  • Si puedes, trata de que la vacunación sea justo antes de un festivo. Así no tendrás problemas con la empresa si el día siguiente te encontraras mal.
  • En caso de tener que vacunarte en horas de trabajo, ofrece una solución a la empresa para recuperar el tiempo invertido en la vacunación. ¡Seguro que encontráis una solución!
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