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¿Puedo trabajar por cuenta ajena y ser autónomo/a?

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19/06/2024 min

No son pocas las personas que se han planteado alguna vez la pregunta que encabeza este artículo: ¿puedo trabajar por cuenta ajena y ser autónomo/a o freelance? No nos andaremos con rodeos: sí, en España es posible combinar un trabajo por cuenta propia y otro por cuenta ajena siguiendo unas determinadas reglas y condiciones.

Así pues, en el caso de que seas asalariado/a y quieras emprender sin dejar tu puesto fijo o que ya seas autónomo/a y te salga una oportunidad laboral en plantilla, tienes que saber que puedes desempeñar las dos funciones sin ningún problema legal. Diversificar las fuentes de ingresos, dar pasos minimizando riesgos y combinar diferentes actividades laborales es el objetivo de esta opción a tener en cuenta.

A continuación desglosamos cómo trabajar por cuenta ajena y ser autónomo/a y cuáles son las condiciones necesarias para llevarlo a cabo.

 

¿Puedo trabajar por cuenta ajena y ser autónomo?

 

Situación de pluriactividad

A trabajar como autónomo/a o freelance y como asalariado/a se le conoce como situación de pluriactividad. Esto significa que el trabajador/a compagina ingresos por su trabajo por cuenta propia con una nómina en una empresa, es decir, que sus actividades dan lugar a su alta obligatoria en dos regímenes distintos de la Seguridad Social (el RETA y Régimen General de la Seguridad Social). La pluriactividad que afecta a los autónomos/as no se debe confundir con el pluriempleo, que es cuando un trabajador/a recibe dos salarios de dos empresas distintas pero solo está dado de alta en un Régimen de la Seguridad Social.

La pluriactividad tiene algunas ventajas y obligaciones fiscales que veremos más adelante por la combinación de la cotización como autónomo/a y como asalariado/a.

 

Cómo ser asalariado/a y autónomo/a a la vez

Si te vas a decidir por la pluriactividad, te explicamos paso a paso cómo ser asalariado/a y autónomo/a a la vez en base a tus circunstancias.

Si ya eres autónomo/a

Pongamos que ya eres autónomo/a, que tienes un negocio que te va bien y que quieres mantener pero aceptas un interesante puesto en nómina en una empresa. ¿Cómo hacer las dos cosas? No tienes que realizar mucho trámite sino que al firmar el contrato, la empresa ya se encargará de darte de alta en la Seguridad Social. Lo único que sí que tienes que mirar es las bonificaciones a las que tienes acceso y la reducción de cotizaciones.

Si eres asalariado/a y quieres ser autónomo/a

Si tienes tu trabajo fijo a jornada completa o más del 50% de la jornada y quieres emprender, no tienes por qué dejar de lado la seguridad que te ofrece tu empleo estable. Para combinar ambas fórmulas tendrás que seguir estos pasos:

  • Darte de alta en la AEAT (Agencia Tributaria) como autónomo/a con el epígrafe que te corresponda en el IAE presentando el modelo 036 o el 037.
  • Darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) a través de la Seguridad Social.

Ten en cuenta que a la hora de darte de alta como autónomo/a podrás solicitar las bonificaciones por situación de pluriactividad y asesorarte de todos los descuentos y beneficios que tiene esta nueva situación.

 

¿Puedo trabajar por cuenta ajena y ser autónomo?

 

Requisitos para trabajar por cuenta ajena y ser autónomo/a: conclusiones

Los requisitos para trabajar por cuenta ajena y ser autónomo/a son muy sencillos ya que solo debes estar dado de alta en los dos regímenes (RETA y RGSS) y tener una jornada laboral como asalariado/a a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50%. Además, comprueba que en tu contrato por cuenta ajena no aparezca una cláusula de exclusividad que te lo impida.

 

Obligaciones y beneficios de la pluriactividad

Como vemos, trabajar como asalariado/a y autónomo/a en España es totalmente posible y puede brindarte una experiencia profesional enriquecedora y la posibilidad de incrementar tus ingresos. Sin embargo, es esencial entender todas las obligaciones y beneficios que implica este tipo de trabajo en pluriactividad, sobre todo el materia fiscal, y que así se detalla en la llamada Ley de Emprendedores de 2013.

Estas son algunas de las ventajas y obligaciones que destacamos:

    • Pagar la cuota mensual que te corresponda y presentar las declaraciones trimestrales que así lo exija tu actividad como autónomo/a.
    • Poder recibir más ingresos de distintos pagadores: por un lado tus facturas a clientes y por otro tu nómina mensual de forma fija y estable. Esta fórmula híbrida te da la libertad de contar con un sobresueldo aunque el tiempo dedicado al trabajo sea mayor.
    • Ahorrar las contingencias comunes de autónomos puesto que ya se cotiza por ellas en el Régimen General dado de alta por la empresa.
    • Reducir las cotizaciones de forma temporal. Según dice la ley, con un contrato de asalariado/a de jornada completa se puede optar por la tarifa plana (para autónomos nuevos y con determinados requisitos) o por la bonificación especial de pluriactividad. Esta supone una reducción del 50% en la base mínima de cotización durante 18 meses, y del 75% en los 18 meses siguientes. En contratos de jornada parcial más del 50%, la bonificación es del 75% durante 18 meses y del 85% los meses siguientes.
  • Recibir la devolución del exceso de cotización correspondiente en la Declaración de la Renta.

Con una buena planificación y organización del tiempo, puedes disfrutar de los beneficios de trabajar por cuenta ajena y ser autónomo/a y conseguir muchos más ingresos que de otra forma serían inviables.

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